Reservas y superávit de capital en las ESAL
En las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), no existe obligación legal de constituir o mantener reservas en el patrimonio, ni de conservar un superávit de capital.
En las Entidades Sin Ánimo de Lucro (ESAL), no existe obligación legal de constituir o mantener reservas en el patrimonio, ni de conservar un superávit de capital.
Los aportes en especie en entidades sin ánimo de lucro deben analizarse cuidadosamente para determinar si constituyen aportes patrimoniales o donaciones.
La incorporación de la identificación del tercero en la contabilidad constituye una buena práctica, toda vez que suministra la historia clara, completa y fidedigna de los hechos económicos de la entidad.
Consulta si las condiciones que establece los literales a) y b) de los numerales 1 y 2 del artículo 640 del Estatuto Tributario para liquidar las sanciones de manera reducida, se deben cumplir de manera autónoma o si dependen una de otra.