Velo corporativo en los grupos empresariales
Un grupo empresarial en los términos del artículo 28 de la ley 222 de 1995, no constituye por si solo una persona jurídica – algunos aspectos sobre el levantamiento del velo corporativo.
Un grupo empresarial en los términos del artículo 28 de la ley 222 de 1995, no constituye por si solo una persona jurídica – algunos aspectos sobre el levantamiento del velo corporativo.
Es un acto a través del cual se informa, de manera oportuna, clara y completa, a todos los asociados, sobre la fecha, la hora y el lugar donde se surtirá una próxima reunión, la modalidad bajo la cual habrá de realizarse y los detalles que para ello sean necesarios,
Por el cual se sustituye el Capítulo 3 del Título 2 de la parte 2 del Libro 2 del Decreto 1074 de 2015 y se reglamenta parcialmente el artículo 23 de la Ley 222 de 1995, en lo relativo al conflicto de intereses y competencia de los administradores, y la aplicación del principio de deferencia al criterio empresarial
Esta obra colectiva aborda las temáticas más relevantes y actuales sobre el régimen legal de los administradores societarios en Colombia