Reconocimiento contable de gasto de escrituración
En consecuencia, dicho valor no puede diferirse sino que debe reconocerse como gasto en el período en que se incurre.
En consecuencia, dicho valor no puede diferirse sino que debe reconocerse como gasto en el período en que se incurre.
¿Cuál es el tratamiento tributario aplicable a la facturación del IVA por los bienes y servicios destinados al proyecto? ¿Existe alguna excepción que permita facturar sin IVA mientras el trámite se encuentra en curso?
Los notarios están obligados a llevar contabilidad en virtud de normas especiales que regulan la función notarial, particularmente lo dispuesto en el artículo 14 del Decreto 1347 de 1970.
Las Entidades Empresariales sometidas a vigilancia o control, están obligadas a reportar Estados Financieros, sin necesidad de orden expresa de carácter particular emitida por esta Superintendencia, por mandato del artículo 289 del Código de Comercio.