Documento TRIBUTAR-io No. 1015
La inspección tributaria no suspende automáticamente el término de firmeza
La inspección tributaria no suspende automáticamente el término de firmeza
Aplicación del prorrateo de los impuestos descontables previsto en el artículo 490 del Estatuto Tributario
Tutela contra providencia judicial, Impuesto de Industria y Comercio, descentralización administrativa, autonomía territorial
La Sala decide la demanda de nulidad simple interpuesta por Santiago Meza Mafla y David Ernesto Martínez Guerrero, en la que se pretende la nulidad de la expresión “superior a un (1) año e inferior a cinco (5) años”