Sanción por inexactitud. Correcciones provocadas
¿Únicamente las sanciones previstas en el primer inciso del artículo 648 del Estatuto Tributario son susceptibles de reducción conforme a lo dispuesto en los artículos 709 y 713 del mismo Estatuto?
¿Únicamente las sanciones previstas en el primer inciso del artículo 648 del Estatuto Tributario son susceptibles de reducción conforme a lo dispuesto en los artículos 709 y 713 del mismo Estatuto?
La incorporación de la identificación del tercero dentro de la contabilidad es una mejor práctica habitual, toda vez que suministra la historia clara, completa y fidedigna de los hechos económicos de la entidad.
En caso de diferencias entre los marcos técnicos normativos contables y las disposiciones del Estatuto Tributario, el artículo 772 del ET establece que, los contribuyentes deberán llevar a cabo un sistema de control o conciliaciones
Sobre el rechazo del pasivo, consideró que las pruebas aportadas por la demandante no eran suficientes para demostrar la deuda con uno de sus socios, pues presentaban inconsistencias: