IVA – Recreación familiar para efectos de la exclusión del IVA
Así las cosas, el concepto de “recreación familiar” comprendería actividades físicas o intelectuales de esparcimiento, dirigidas a la familia4, cuya boletería estaría excluida del IVA
Así las cosas, el concepto de “recreación familiar” comprendería actividades físicas o intelectuales de esparcimiento, dirigidas a la familia4, cuya boletería estaría excluida del IVA
¿La compañía está obligada a pasar del grupo 2 de NIIF al grupo 1 de NIIF o debe seguir en el grupo 2 de NIIF ya que no cumple el condicional detallado anteriormente?.
Inactividad en materia de convenios desinterés gubernamental y legislativo
Consulta si la “arepa” se encuentra gravada con el Impuesto a los productos comestibles ultraprocesados industrialmente y/o con alto contenido de azúcares añadidos, sodio o grasas saturadas -ICUI