Estados Financieros Consolidados
La Norma Internacional de Información Financiera 10 – Estados Financieros Consolidados, incorporada en el Anexo No. 1 del D.U.R. 2420 de 2015, en su párrafo B86 establece:
La Norma Internacional de Información Financiera 10 – Estados Financieros Consolidados, incorporada en el Anexo No. 1 del D.U.R. 2420 de 2015, en su párrafo B86 establece:
De conformidad con las definiciones anteriores, se puede tratar como sinónimos en materia financiera las palabras “anticipos”, “pagos anticipados” y “gastos pagados por anticipado”, donde lo que predomina es la misma situación, reconocimiento de un activo cuando el pago ha sido realizado antes de que los bienes sean recibidos o antes de que los servicios hayan sido prestados”
“(…) 5. Las clínicas privadas, como sociedades anónimas o por acciones simplificadas, también deben tener provisiones y registrar en los estados financieros. (…)
En su edición No. 37 se incluyen las noticias más importantes del organismo normalizador del mes de octubre