Renuncia de Revisor Fiscal – PH
El Revisor Fiscal puede registrar su renuncia ante la entidad correspondiente si la Asamblea no la acepta y han transcurrido 30 días sin que la administración la informe.
El Revisor Fiscal puede registrar su renuncia ante la entidad correspondiente si la Asamblea no la acepta y han transcurrido 30 días sin que la administración la informe.
La incorporación de la identificación del tercero dentro de la contabilidad es una mejor práctica habitual, toda vez que suministra la historia clara, completa y fidedigna de los hechos económicos de la entidad.
Las propiedades de inversión, cuyo valor razonable puede determinarse de forma fiable sin incurrir en costo o esfuerzo desproporcionado, deben medirse al valor razonable en cada fecha de presentación de información financiera, reconociendo en resultados los cambios en dicho valor razonable.
La transacción consultada representa un movimiento interno en el patrimonio de la entidad, en el cual las acciones propias en circulación son trasladadas a acciones en tesorería, quedando estas bajo disposición de la entidad conforme a las directrices emitidas por la Asamblea General de Accionistas.