NIIF 16 arrendamientos y NIC 37 provisión por desmantelamiento
¿Como aplicaría la NIIF 16 teniendo en cuenta que los contratos que se tienen actualmente la duración es a 1 año y prorrogable indefinidamente?
¿Como aplicaría la NIIF 16 teniendo en cuenta que los contratos que se tienen actualmente la duración es a 1 año y prorrogable indefinidamente?
“Artículo 30. Incumplimiento en el pago de expensas. El retardo en el cumplimiento del pago de expensas causará intereses de mora, equivalentes a una y media veces el interés bancario corriente, certificado por la Superintendencia Bancaria2, sin perjuicio de que la asamblea general, con quórum que señale el reglamento de propiedad horizontal, establezca un interés inferior.
Si incurriría en alguna incompatibilidad o inhabilidad si ejerzo la Revisoría Fiscal actualmente y acepto el nombramiento como Director de Tesorería en una Alcaldía Distrital (cargo de libre nombramiento y remoción en una entidad pública).
Modificación al Marco Conceptual para la Preparación y Presentación de Información Financiera y Normas para el Reconocimiento, Medición, Revelación y Presentación de los Hechos Económicos,