DIAN IVA – Causación – Factura anticipada
Aplicación del prorrateo de los impuestos descontables previsto en el artículo 490 del Estatuto Tributario
Aplicación del prorrateo de los impuestos descontables previsto en el artículo 490 del Estatuto Tributario
Tutela contra providencia judicial, Impuesto de Industria y Comercio, descentralización administrativa, autonomía territorial
La Sala decide la demanda de nulidad simple interpuesta por Santiago Meza Mafla y David Ernesto Martínez Guerrero, en la que se pretende la nulidad de la expresión “superior a un (1) año e inferior a cinco (5) años”
Si no se practican las retenciones en la fuente a que haya lugar, no será posible suministrar a la DIAN la prueba de la consignación de las mismas, lo que imposibilita la procedencia como costo o deducción de los pagos en relación con los cuales no se demuestre tal hecho.