Inscripción de oficio de inversionistas de capital de exterior
¿Es procedente solicitar la inscripción de oficio en el Registro Único Tributario-RUT del inversionista extranjero, únicamente con los datos del nombre o razón social?
¿Es procedente solicitar la inscripción de oficio en el Registro Único Tributario-RUT del inversionista extranjero, únicamente con los datos del nombre o razón social?
No es procedente que una entidad que aplica el marco técnico normativo NIIF para las PYMES adopte una política contable basada en el método del capital (permitido en NIIF plenas)
Si una persona natural o jurídica no cuenta con el certificado de tradición y libertad, no puede reputarse legalmente como propietaria, ni realizar actos de disposición sobre el mismo.
En el caso planteado, el nudo propietario de las acciones debe reconocer contablemente solo el valor de la nuda propiedad recibida.