Inscripción de situación de control o grupo empresarial
Artículo 28. GRUPO EMPRESARIAL. Habrá grupo empresarial cuando además del vínculo de subordinación, exista entre las entidades unidad de propósito y dirección
Artículo 28. GRUPO EMPRESARIAL. Habrá grupo empresarial cuando además del vínculo de subordinación, exista entre las entidades unidad de propósito y dirección
“(…) Bajo el Marco Técnico Contable de la NIIF para las Pymes, la Sección 23 – Ingresos de actividades ordinarias, establece las pautas para la medición de los ingresos. El párrafo 23.3 destaca lo siguiente:
¿Los pagos laborales (salariales, prestacionales, etc.) cuando provengan de litigios laborales se deben incluir en el documento soporte de pago de nómina electrónica?
De acuerdo con lo anterior, la Unión temporal NO puede prestar los servicios relacionados de “Revisoría Fiscal”, “de Auditoría Interna”, “de Auditoría Externa” y “de Contabilidad”, porque no cumple con los requisitos exigidos por la Ley 43 de 1990 artículos 4° y 5°: