Documento TRIBUTAR-io No. 896
Sobretasa bomberil para Bogotá
Sobretasa bomberil para Bogotá
Se aclara el numeral 4.1 del Oficio N° 0030543 referente a la declaración anual consolidada del Régimen Simple de Tributación – SIMPLE («SIMPLE» en adelante) del 14 de marzo de 2024, en el cual se indicó lo siguiente
Se debe dejar reflejado mediante asiento contable el saldo del beneficio pendiente por descontar en los periodos graves inmediatamente siguientes?
¿Es correcto reconocer en la contabilidad este tipo de contratos como un intangible?