Velo corporativo en los grupos empresariales
Un grupo empresarial en los términos del artículo 28 de la ley 222 de 1995, no constituye por si solo una persona jurídica – algunos aspectos sobre el levantamiento del velo corporativo.
Un grupo empresarial en los términos del artículo 28 de la ley 222 de 1995, no constituye por si solo una persona jurídica – algunos aspectos sobre el levantamiento del velo corporativo.
“En el caso de dos personas naturales controlantes, ¿quién debe consolidar los estados financieros teniendo en cuenta que uno de los controlantes está inscrito como comerciante y el otro no?”
En el marco del régimen de precios de transferencia ¿se puede utilizar el método de “Precio comparable no controlado” en una transacción sobre commodities realizada entre partes vinculadas que carece de un precio de cotización como referencia?
Pregunta: Quisiéramos consultar al Consejo Técnico si la metodología aplicada es correcta y en caso de no serlo cual debería ser la metodología apropiada para valorar la provisión en el pasivo”.