Cooperativas – Excedente contable y fiscal – Provisiones por litigios
Impuesto sobre la renta. Año gravable 2006. Beneficio neto o excedente. Determinación contable y fiscal. Provisiones por litigios y demandas. Dictamen pericial.
Impuesto sobre la renta. Año gravable 2006. Beneficio neto o excedente. Determinación contable y fiscal. Provisiones por litigios y demandas. Dictamen pericial.
¿Las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera de Colombia pueden deducir, para efectos del impuesto sobre la renta, tanto la provisión individual como la provisión general de la cartera de créditos, conforme a lo previsto en el artículo 145 del Estatuto Tributario?
Por medio de la cual, en desarrollo del artículo 868 del Estatuto Tributario, se sustituye el artículo 1.2.1 del Título 2 de la Parte 1. de la Resolución 227 de 2025, para fijar el valor de la Unidad de Valor Tributario – UVT aplicable para el año 2026.
Primero: Negar las pretensiones de la demanda formulada por la sociedad Ingeniería y Telecomunicaciones SAS, contra la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social – UGPP, de conformidad con las razones expuestas en la parte motiva de esta sentencia.