Concepto DIAN – IVA – Base gravable en presencia de IBUA y ICUI
Ahora bien, en lo que concierne al IVA, es importante acudir al artículo 447 del Estatuto Tributario el cual señala la base gravable en la venta y en la prestación de servicios:
Ahora bien, en lo que concierne al IVA, es importante acudir al artículo 447 del Estatuto Tributario el cual señala la base gravable en la venta y en la prestación de servicios:
Sujetos no obligados a expedir factura o documento equivalente Prestación de servicio de agua potable y saneamiento básico. Comunidades organizadas
Crónica de una tendencia anunciada
¿Debe la entidad pública realizar retención en la fuente a dichos pagos a título del impuesto
sobre la renta?