Pagos en efectivo operadores de juego de suerte y azar

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¿Los pagos en efectivo hasta por 1.800 UVT que realicen los operadores de juegos de suerte y azar, respecto de los cuales se practique la retención en la fuente correspondiente, se encuentran sujetos al límite de 100 UVT previsto en el parágrafo 2 del artículo 771-5 del Estatuto Tributario?