TMT – Libertad probatoria. acreditación de la consolidación de EEFF

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¿La condición prevista en el numeral 2 del parágrafo 6 del artículo 240 del ET, consistente en que los EEFF del contribuyente sean objeto de consolidación en Colombia, debe acreditarse exclusivamente mediante el certificado de inscripción de la situación de control o del grupo empresarial en el registro mercantil expedido por la Cámara de Comercio?