Impopatrimonio – Abuso en materia tributaria

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¿La disminución de la base gravable del impuesto al patrimonio, al aportar bienes a una sociedad con una fracción a capital y otra a título de prima en la emisión de acciones, sin un propósito económico o comercial, puede ser considerado abusivo en los términos del artículo 869 del Estatuto Tributario?

Tesis jurídica
Sí. Aportar bienes a una sociedad diluyendo el valor intrínseco de las acciones del aportante para disminuir la base gravable del impuesto al patrimonio, sin tener un propósito económico o comercial, puede ser considerado abusivo en los términos del artículo 869 del Estatuto Tributario.