Información Exógena. Sanción por no enviar información o enviarla con correos
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¿Es posible corregir la información tributaria (exógena), cuando su contenido presenta errores o no corresponde a lo solicitado, sin que haya lugar a liquidar o pagar la sanción a que se refiere el numeral 1 del artículo 6513 del Estatuto Tributario?
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