Revelaciones EEFF en NIIF para las Pymes

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¿Las “circunstancias extremadamente excepcionales” deben ser evaluadas únicamente por la gerencia, siendo en este un concepto subjetivo respecto de las particularidades de cada entidad, siempre que se cumplan los requisitos establecidos en los Párrafos 3.4 al 3.7 de la Sección 3 y demás relacionados?